Consejo Directivo Departamental
Son atribuciones del Consejo Directivo Departamental (CDD) las previstas en el art. 64 del Estatuto de la UNLu:
- Dictar su propio reglamento.
- Proponer al Consejo superior el llamado a Concurso, contratación y designación del personal docente.
- Establecer cursos para graduados y reglamentar y autorizar cursos libres.
- Aprobar con la debida antelación los programas que servirán de base al desarrollo de los planes de estudio de las carreras y de los cursos para graduados.
- Aprobar la distribución de los créditos asignados por el Consejo Superior.
- Promover las tareas de extensión universitaria.
- Considerar las solicitudes de licencia del personal docente.
- Resolver en primera instancia toda cuestión contenciosa referente a las actividades del departamento.
- Ejercer la jurisdicción disciplinaria correspondiente.
